Patria potestad

Patria potestad

La patria potestad, desde el punto de vista jurídico, es el conjunto de derechos y deberes que la Ley confiere a los progenitores sobre sus hijos no emancipados y menores de edad. No es necesario que exista vínculo matrimonial entre padre y madre para que exista la patria potestad, por lo que quiere decir que el divorcio no es un obstáculo para que un padre o madre sigan manteniendo la patria potestad sobre su hijo o hijos.

El concepto de patria potestad ha de realizarse siempre en beneficio del o de los menores, y entre alguno de los deberes de los progenitores está el estar con ellos, cuidarlos, alimentarlos, educarlos, protegerlos, procurarles una formación integral, ser sus representantes legales y administrar sus bienes.

Normalmente la patria potestad se ejerce entre los dos progenitores y ser titular de la misma supone la toma de las mejores  y más convenientes decisiones para asegurar todos los puntos antes comentados.

Cuando se produce una separación o divorcio y la custodia se le concede a una sola persona de la pareja, puede que a menudo no exista acuerdo entre los progenitores para tomar decisiones referentes a los hijos, y tenga que decidir por ellos un juez.

Cuando esto sucede, se iniciará un proceso judicial para que se conceda la patria potestad a uno de los integrantes de la pareja y determinar las decisiones y puntos concretos en los que cada uno tomarán parte en la educación y desarrollo integral del o de los hijos.

Si la patria potestad se le da solamente a uno de los dos progenitores, eso no impide que se puedan mantener otro tipo de derechos, como por ejemplo del régimen de visitas a los hijos.

En nuestro despacho de Romero Gallo Abogadass le informaremos de todo lo que necesite sobre la patria potestad, siempre velando por los intereses de sus hijos y, si es necesario, en cómo iniciar un proceso judicial.

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